Como Jorge Borràs, el fotoperiodista de éxito y moda, no da una, todos con los que ha «errado» en su libelo del tre, que son casi todos los mentados, le responden.
Esta vez le ha tocado contestar a Germinansgerminabit.
Fuente: http://www.germinansgerminabit.org/
«Calumnias Borràs»
El razonamiento no puede ser más peregrino. Por la misma regla de tres, estaríamos unidos a Nació Digital, por el hecho de recomendarnos mutuamente los artículos con Pep Martí, uno de los mejores informadores religiosos que tenemos, a pesar de colaborar en un medio independentista. Ni tenemos colaboradores comunes ni tan siquiera mantenemos ningún tipo de contacto y mucho menos “una relación contributiva”.
Pero la desinformación de Borràs alcanza su cénit en el siguiente párrafo:
“Els dos únics membres confessos de Germinans Germinabit són mossèn Custodio Ballester i Mariano Arnal. Aquest últim seria, segons fonts consultades, un “home de palla”, condemnat per un delicte de falsificació documental durant els tràmits del registre del domini de Germinans Germinabit”
¿Condenado Mariano Arnal? Por sentencia de fecha 24 de marzo de 2014, dictada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Barcelona fue absuelto del delito de usurpación de estado civil y falsedad en documento mercantil del que era acusado, por consecuencia de una querella criminal interpuesta, primeramente, por el canónigo Arenas y seguida, después, por el diácono permanente Matamala. Dicha sentencia absolutoria, ni tan siquiera fue recurrida en apelación por la acusación particular, a la que dejaron sola y abandonada en aquel penoso proceso judicial.
Pero lo grave no es sólo que Borràs sea un holgazán y publique informaciones totalmente erróneas, lo grave es que atribuir un delito a una persona está considerado en el Código Penal como una calumnia.
Pero lo grave no es sólo que Borràs sea un holgazán y publique informaciones totalmente erróneas, lo grave es que atribuir un delito a una persona está considerado en el Código Penal como una calumnia. Según el artículo 205 es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad y según el artículo 206 lleva aparejada una pena de prisión de seis meses a dos años, si se propagara con publicidad, cual es el caso.
No sé qué camino decidirá emprender Mariano Arnal, pero quede claro que el libelo de Borràs es falso, calumniador y desprovisto del mínimo rigor. Nivel, por otra parte, habitual en las mesnadas nacionalistas, indolentes y perezosas, salvo honrosas excepciones.
Oriolt
Categorías:MITES NACIONALISTES / MITOLÓGICAS

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